sábado, 14 de abril de 2012

CREACIONES INDUSTRIALES

Diseño Industrial (Formas)

Obras de arte aplicada a la industria, cuyo objetivo es 
responder a la necesidad de la empresa en cuanto 
al gusto por el público y mide 3 cosas:
a) La forma (técnica)
b) La presentación del producto
c) Las cualidades técnicas del producto

 Dibujo Industrial (Formas y color)

Disposición de líneas, colores y forma gráfica, 
que se representa mediante imágenes y produce 
una forma decorativa del producto. 
(Ornamentación del producto)

Modelo Industrial (Maqueta)

Es la forma plástica que está constituida por una maqueta, 
un modelo o una escultura.


 FOMENTO DE LA CRECION INDUSTRIAL

La realiza El Estado Mexicano en base a la ley de derechos de autor, 
ley de marcas y patentes, y la ley de propiedad industrial.

Arturo Martínez


Procedimiento administrativo de la nulidad y caducidad de patentes y licencias.

*** El procedimiento se hace 5 años
después de haber adquirido la licencia.




Haz click en la imagen para maximizar.

Haz click en la imagen para maximizar.


Haz click en la imagen para maximizar.


Roseleen Montoya


jueves, 1 de marzo de 2012

Empresa y Propiedad Industrial


Considerando que en nuestros días, las empresas vienen desarrollándose y dominando el mercado con base, fundamentalmente, en conocimientos, la propiedad intelectual resulta ser un factor clave para la toma de decisiones de una empresa.



Las empresas hoy son muy creativas e innovadoras, muchas de ellas se sostienen gracias a la creación de nuevos productos, diseños innovadores de los mismos, dibujos y modelos creativos, que les otorgan un impulso y son un plus para el consumidor; por tanto, las pequeñas y medianas empresas, fundamentalmente, tiene en estas innovaciones y creaciones a su motor para poder ser competitivas en el mercado y poder instalarse y desarrollarse a futuro.



Sin embargo, toda esta innovación y creatividad si no es debidamente explotada puede resultar inútil para las empresas; es por ello que las mismas deben de conocer el sistema de propiedad industrial que nos rige, para con ello proteger sus invenciones, marcas, dibujos y modelos industriales, para que con ello estén seguras de que estos no puedan ser plagiados o mal utilizados y tengan la protección legal para poder explotarlos como mejor les parezca y convenga.



Por lo tanto, a continuación analizaremos lo relativo a la importancia económica que tiene la propiedad industrial para la empresa, para el patrimonio de la misma y la suscripción de contratos para que la organización registre debidamente ante la institución correspondiente sus diseños, modelos, etc. a fin de que todo este debida y legalmente realizado.





Ø  Importancia Económica:


En lo relativo a la importancia económica de que las empresas consideren la protección industrial, podemos comentar lo siguiente: si una buena invención o creación no dispone de protección, la harán suya los competidores más fuertes que estén en condiciones de comercializar el producto o servicio a un precio más bajo sin tener que compensar financieramente al verdadero inventor o creador. En tal sentido, otorgar una protección adecuada a la propiedad intelectual de los nuevos productos y/o servicios de una empresa es básico,  ya que ello contribuye a evitar que se cometan infracciones y a convertir las ideas en activos comerciales con un verdadero valor de mercado.


Por consiguiente, el correcto aprovechamiento del sistema de la propiedad intelectual permite a las empresas beneficiarse de su capacidad innovadora y su creatividad, lo que a su vez fomenta la innovación.



Muchos productos o servicios nuevos contienen distintos tipos de propiedad intelectual. Las empresas con visión de futuro tienen que hacer frente al reto de sacar el valor de su propiedad intelectual y utilizarlo eficazmente en su estrategia comercial. Las empresas que dedican tiempo y recursos debidamente protegidos pueden aumentar su competitividad de distintas maneras.



Así, la protección de la propiedad intelectual tiene una fuerte importancia económica, es decir, a las empresas las ayuda a:



ü  Impedir que los competidores copien o imiten los productos o servicios de una empresa.

ü  Evitar inversiones caras en actividades de investigación y desarrollo y de comercialización.

ü  Crear una identidad como empresa constituida en sociedad de capital gracias a una estrategia basada en marcas registradas.

ü  Negociar licencias, franquicias u otros acuerdos contractuales basados en propiedad intelectual.

ü  Aumentar el valor comercial de la empresa.

ü  Mejorar el acceso a fuentes de financiamiento.

ü  Introducirse en nuevos mercados.



Ø  Patrimonio de las Empresas:



Si bien, el registro de la propiedad industrial es costoso, su importancia es enorme porque dicho registro busca proteger el patrimonio de la empresa al garantizar la explotación exclusiva de las invenciones y las marcas que la empresa cree para obtener ganancias en un mercado competitivo. Es decir, el hecho de registrar un modelo, marca, dibujo, etc., transforma a estos en un patrimonio de la empresa, ya que al estar debidamente protegidos, por las instituciones que la ley lo exige, sólo pueden ser utilizados por quienes realizan este registro.



Todos sabemos que hoy en día existe demasiada deslealtad entre los competidores, que no se inmutan a la hora de apropiarse de una marca o de un invento de otro en perjuicio de quien lo desarrolla. El registro de la propiedad industrial busca evitar esto porque impide que otras personas registren los inventos y las marcas de quienes las crean,  y además garantiza el ejercicio de las acciones legales contra los inescrupulosos que quieran explotar éstas sin permiso.

Por consiguiente, la propiedad industrial es un medio fundamental para que las empresas cuenten con un patrimonio sin que éste sea sujeto de plagio o robo. El registro de la propiedad industrial  se trata de una inversión, no un gasto, que permite a las empresas obtener una mejora competitiva, pues la marca, la inventiva introducida, la imagen, el diseño, la forma, es lo que diferencia a un producto o servicio del que ofrece la competencia.

Así, una vez que  estos elementos se hayan convertido en patrimonio de la empresa, a través de su registro de propiedad industrial, pueden convertirse en una moneda de intercambio y permitir a la empresa contar con un patrimonio a la hora de negociar acuerdos de colaboración con otras empresas, tanto socios como competidoras; así como crear estrategias comerciales: franquicias, exportación, etc.



Ø  Contratos:

Al desarrollar y proteger la propiedad intelectual de una empresa, se deberá prestar atención a los contratos; los contratos y la propiedad intelectual van de la mano. Ningún contrato firmado por una empresa carece de importancia y todos los detalles deberán revisarse para asegurarse de que potencian y no dañan sus activos de propiedad intelectual. De hecho, es mediante contratos que los derechos de propiedad intelectual pueden venderse, ser objeto de licencias o hasta cederse. Un contrato mal hecho puede ocasionar un litigio y un gasto innecesario.

En cuanto al registro de la propiedad industrial, los mayores riesgos son los contratos celebrados con los empleados y los contratistas, los acuerdos de desarrollo, los de diseño, de licencia sobre sus productos o su propiedad intelectual a otra empresa, los acuerdos para tomar una licencia sobre un producto o propiedad intelectual de otra empresa, acuerdos de distribución, acuerdos de licencia sobre nombres de dominio y marcas, licencias de patente, licencias cruzadas y creación de consorcios.

En este sentido y para que un contrato proteja bien la propiedad industrial, se recomienda tomar en cuenta los siguientes consejos:

ü  Dirigirse al Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, para obtener información relativa al trámite del registro de la marca, el diseño o la patente correspondiente.
ü  Cuando se comercie con otro país, en los contratos deberá de incluirse en una cláusula en que la contraparte extranjera se obligue a registrar ante sus autoridades y a nombre de la empresa la marca, el diseño o la patente industrial del producto.
ü  Identificar las leyes relativas a patentes, marcas, modelos industriales, etc.
ü  Identificar las leyes de protección intelectual, del país donde se pretenda negociar, si uno esta exportando sus productos.
ü  Asesorarse con profesionales competentes, a fin de cumplir con todos los requisitos administrativos para proteger los derechos de la propiedad intelectual.
ü  Proteger a la propiedad intelectual a través de cláusulas específicas de confidencialidad y límites de utilización, en los contratos de licencia y distribución que la empresa estipule con sus socios extranjeros.


Conclusiones:

            Las empresas hoy en día están íntimamente ligadas a la propiedad industrial, ya que es indispensable el registro de sus innovaciones y/o creaciones para que estas no sean plagiadas o robadas por otras empresas. No olvidemos que las nuevas empresas entran al mercado y permanecen en él gracias a innovaciones, por lo que el registro de éstas es fundamental.

            Por otra parte, las empresas tienen grandes beneficios económicos a través de su creatividad e innovaciones en los productos que comercializa, entonces la protección de los mismos significa proteger la propiedad industrial de la empresa y cuidar de la economía de la misma.

            Aunque el registro de la propiedad industrial inicialmente pueda resultar un gasto, las empresas deben de verlo como una inversión, que a la larga le traerá seguridad y creación de un patrimonio o activo que podrá comercializarse y que le permitirá desarrollarse en su mercado.
 Finalmente, la protección a la propiedad industrial, a parte del registro en la institución correspondiente, debe de considerar los contratos, con las contrapartes que negocie, en los cuales debe de estipularse el cuidado y reconocimiento de la propiedad industrial de la empresa que haya generado estas innovaciones. Este contrato deberá de estar minuciosamente detallado, a fin de no violar la protección industrial de las empresas que contraigan responsabilidades en el mismo.

lunes, 20 de febrero de 2012

Inveciones y Marcas

Invención:
Se le denomina una invención la creación de un objeto, producto, teoría o proceso que implica siempre la alteración de distinta materia o materiales que nos permite extraer en el mundo. Como ya es común, la capacidad que tenemos los humanos para crear cosas nuevas ya es distintiva de nosotros, en la naturaleza los humanos han sido los unicos capaces de desarrollar distintos metodos para crear e inovar cosas nuevas.


Cuándo hablamos de una invención estámos haciendo referencia a dos distintos para crear o componer un nuevo elemento como tenemos un claro ejemplo: A partir de elementos o productos preexistentes que son casi siempre mejorados o alterados o iniciar desde cero que puede traer un resultado que jamas nos pudimos haber imaginado. El objetivo de las invenciones puede ser tanto claro como absoluto, pero también puede ser establecido a la creación y algo inovador que jamas nos pudimos haber imaginado. Siempre la invención implicará salirse de la norma y de lo que teniamos pensado así estemos hablando de invenciones pensadas o nunca imaginadas.


Las invenciones humanas tienden a variar según su defecto, mientras muchas otras pudieron ser modificadas por la invención de la humanidad y otras son aplicables cotidianamente que pueden pasar un poco desapercibidas en el conjunto de la historia.

El proceso por el cual el ser humano llega a generar una invención comienza normalmente con la necesidad de querer solucionar un problema para mejorar lo que es considerado deficiente. En el momento en el que el inventor plantea para crear un nuevo elemento, la etapa final de una invención tiene que ver siempre con una prueba contundente para que su funcionamiento pueda ser optimo y que este en la mejores condiciones posibles.

Marcas:
Una marca es todo lo que los consumidores ven y reconocen. También es un producto que los consumidores quieren desear y poseer a comparación de otros productos.
La marca es el logo con el nombre, término ó el diseño para ser asiganado y representado a un producto o servicio. El creador de la marca es quien debe reconocer, identificar y diferenciar ante la competencia, para garantizar su calidad y poder mejorarlo. La marca es representada con una imagen o realidad psicológica por la seguridad y prestigio de la calidad, estas diferencias se puden ver de 2 maneras:
La Realidad Material: La identidad de la marca con su logotipo para identificar los productos y promoverlo en el mercado.
La Realidad Psicilógica: Es por el proceso de la percepción  y decodificación del receptor por el conjunto de signos de los productos y que los consumidores identifiquen.
La marca se puede diferenciar de distintas formas como son: 
  • Por notoriedad
  • Por valor de referencia
  • Por calidad de la marca
  • Por la firma
  • Por la seguridad

Se puede identificar de estas maneras:
  • Nombre
  • Logotipo
  • Grafismos
  • Brevedad
  • Lectura
  • Eufonía
  • Memorización
  • Distinción
  • Adaptación

Conclusión:
Podemos decir que una invención y una marca tiene varias cosas en común ya que cuando quieres tener nuevas ideas inovadoras pueden inventar una marca con la que pudes darte a conocer ante los consumidores y que solo los humanos podemos hacer ya que tenemos las herramientas necesarias para realizarlo.
Para que una marca inventada funcione tenemos que registrarla para reconocerla como auotr de dicha marca y que se pude identificar de distintas maneras como ya puestos anteriormente y tener el mejor funcionamiento y las mejores condiciones siempre.


















viernes, 10 de febrero de 2012

Instituciones Jurídicas

Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI):

Estimula la creatividad en beneficio de la sociedad en su conjunto y protege jurídicamente a la propiedad industrial y los derechos de autor a través del Sistema Nacional de Propiedad Industrial, mediante el otorgamiento de derechos , tales como patentes, modelos de utilidad y diseños industriales.


Secretaría de Hacienda y Crédito Público:

Administra y proporciona los recursos humanos, financieros y materiales, así como los servicios generales que requieran las unidades administrativas de la Secretaría, vigilando la aplicación de las políticas y normas de control y evaluación, a fin de coadyuvar al cumplimiento de las metas establecidas.


Secretaría de Economía:

Formula y conduce, regula y controla las políticas generales de industria, comercio exterior, interior, abasto y precios del país; con excepción de los precios de bienes. Norma y registra la propiedad industrial y mercantil; de la misma forma regula y orienta la inversión extranjera y la transferencia de tecnología.


Organización Mundial de la Propiedad Intelectual:

Armoniza legislaciones y procedimientos nacionales. Presta servicios de tramitación para solicitudes internacionales de derechos de propiedad industrial. Fomenta el uso de las tecnologías de la información y de internet, como instrumentos para el almacenamiento.


Organización Mundial del Comercio:

Administra los acuerdos comerciales. 

Sirve de foro para las negociaciones comerciales.

Resolver las diferencias comerciales.

Supervisar las políticas comerciales nacionales. 

Prestar asistencia a los países en desarrollo.



Arturo Martínez Hernández








miércoles, 8 de febrero de 2012

Artículo 28 Constitucional.


El artículo 28 Constitucional regula las garantías individuales (derechos mexicanos) del Derecho a la Propiedad en relación al Derecho Intelectual.

Haz click en la imagen para maximizar.
* Propiedad Industrial: Nace cuando surgen los grandes núcleos industriales (finales del XVIII), con el fin de proteger a los autores de "algo" o a la persona que mejora el producto, y castigar a quien venda o comercialice productos de imitación (delito de "falsificación de marca").



La primera ley en México que reguló las patentes fue el Decreto expedido por las cortes españolas el 2 de Octubre de 1820.

Ahora el artículo 28 Constitucional, de manera resumida trata de:


Haz click en la imagen para maximizar.
En conclusión:


En nuestro país (México) no hay, ni habrá monopolios, y para evitar esto, el Estado sancionará a todos los que suban los precios a lo que es considerado necesario para la "economía nacional" o "consumo popular" > Con el fin de mejorar la economía.


Las funciones del Estado no son consideradas monopolios, ejemplos: el Banco de México, petróleo, correo, telégrafos, electricidad, etc. De igual manera el Estado apoyara actividades que sean benéficas para el país.




Roseleen Montoya S.


lunes, 6 de febrero de 2012

Figura Juridicas, concepto y legislación

Una figura jurídica se define como un elemento que esta contemplado en la ley.
La Propiedad Industrial esta integrada por dos figuras jurídicas fundamentales como son:
el Derecho de Autor y la Propiedad Industrial.

El Derecho de Autor protege la presentación de las ideas, por ejemplo:
  • Obra literaria
  • Obra de arte
  • Obras musicales
  • Obras fotográficas
  • Obras cinematográficas
  • Software 
Por otra parte, la Propiedad Industrial protege a las invenciones y a los signos distintivos, a su vez existen figuras jurídicas que protegen estas invenciones y signos distintivos.

  1. Invensiones:
  • patentes
  • modelos de utilidad
  • diseños industriales
  • secretos industriales

     2.  Signos distintivos

  • marcas colectivas
  • nombres comerciales
  • avisos comerciales
  • denominación de origen 

Ahora bien, la Propiedad Industrial esta contemplada en nuestra Legislación en la Ley de la Propiedad Industrial, cuya última reforma fue publicada el 28 de junio del 2010; La ley Federal del Derecho de Autor, con ultima reforma publicada el 23 de junio del 2003. Por otra parte, debemos indicar que estas figuras jurídicas se legislan en las leyes que a continuación se mencionan:

  • Reglamento de la Ley de la Propiedad Industrial
  • Reglamento de la Ley Federal del Derecho de Autor
  • Reglamento del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial
  • Ley Aduanera
  • Ley Federal del Trabajo
  • Codigo de Comercio
  • Acuerdo por el que se delegan facultades en el Director de Asuntos Juridicos del Instituto Mexicano de la propiedad para conocer de las infracciones administrativas en materia de comercio conforme a la Ley General de Derecho de Autor.
  • Acuerdo que establece las reglas para la presentacion de solisitudes ante el instituto mexicano de la Propiedad Indrustrial.